CORRECCIÓN A LOS SOCIALISTAS DE CABAÑAS

No existía motivación para la actualización de la página, pero nosotros que seguimos asiduamente la página web de la corporación socialista de cabañas de la sagra nos hacemos eco de una publicación reciente acerca de los trámites administrativos que podéis ver aquí , pero que sin embargo, os informamos a vosotros vecinos que nos leéis y seguís que adolece de un pecado hoy en día muy extendido, el ¨copy-paste¨, o lo que es lo mismo copiar de internet el texto y pegarlo sin verificar si ese texto esta vigente o es ya historia, y mas aún tratándose de leyes, es un pecado que muchos hemos cometido por eso muchas veces necesitamos que alguien nos rectifique en nuestro error,como nosotros pretendemos con este post.

El documento del cual extrae el texto explicativo acerca de los trámites administrativos es del diario El mundo y esta aquí ,es por ello, que daríamos nuestro beneplácito a dicha explicación si no fuera porque al mirar la fecha vemos (Domingo 11 de Mayo de 1997), y queremos decirle a la persona que ha copiado dicho texto que , la ley a la cual se alude en dicho texto, la ley 30/92 , FUE REFORMADA EN EL AÑO 1999, con la ley 4/99, por lo tanto dicho texto copiado carece de validez porque dicha reforma vino a modificar varios aspectos del silencio administrativo , así pues, como recomendación, cuando ejerza el derecho de copy-paste, verifique la actualidad del texto porque muchas veces al publicar determinadas cosas desinformamos mas que informar, o informamos de manera equivocada creando una cadena interminable de problemas, pero no es crítica simplemente es corrección, rectificación, para que la gente esté bien informada y sabiendo que estamos con ustedes , no contra ustedes.

Con la Ley 4/1999, de 13 de enero, se dio cumplimiento a la proposición no de Ley aprobada por el Congreso de los Diputados el 3 de junio de 1997, por la que se instó al Gobierno a presentar un proyecto de Ley de modificación la Ley 30/1992 para acercar las administraciones a los ciudadanos y puesto que el texto versa sobre el silencio administrativo y la pretensión es aclarar dicho concepto debido a las quejas enviadas por vecinos a la agrupación socialista debido a la no contestación de sus escritos por parte del actual Ayuntamiento Cabañil del Partido Popular, y dicha ley reformó eso el silencio administrativo que podeis ver simplemente pinchando aqui, y aqui.

A modo de resumen les diremos que la actuación de la administración con dicha ley debe velar frente a las peticiones de los ciudadanos al arbitrio de tres principios : buena fe, confianza legítima y lealtad institucional (artículos 3.1 y 4.1 de la ley 4/99), la administración debe resolver las peticiones mediante resolución expresa en tres meses y en materia de silencio administrativo establece con carácter general el silencio positivo, salvo que una norma con rango de ley establezca lo contrario.

Y si queréis saber más, leed las dos páginas que os indicamos más arriba y la ley 4/99 ó la 30/92 con la consiguiente reforma y actualizada.

Por todos, para todos.
Unión Democrática de Cabañas de la Sagra acercando la verdad actualizada.

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