PLEITOS - FIESTAS - SUELDOS



Quien siembra vientos recoge tempestades

Refran popular




La semana pasada queridos amigos y seguidores os prometimos información acerca de los dos pleitos que de una manera especial ensombrecen el ¨todo marcha bien¨ en el Ayuntamiento de Cabañas de la Sagra, y aunque realmente no tenemos datos exactos de dichos procesos si creemos que es necesario hacer un análisis de estos y centrarnos claramente en el coste o responsabilidades que esto pueda suponer al ayuntamiento de nuestro pueblo y por tanto a las arcas públicas porque aunque nunca es bueno hablar de pleitos y siempre te imaginas hombres restirados con encajes en las mangas y cara de pocos amigos es la realidad más democrática, un ¨invento¨ muy humano que perfeccionaron los romanos para ordenar nuestras a veces¨inhumanas¨ relaciones, y los dos pleitos a los que el ayuntamiento de Cabañas de la Sagra se enfrenta ,no son cuestiones sin importancia como ellos nos quieren hacer ver, son serias , muy serias, la que más nos interesa es la del vecino que denuncia los daños sufridos por su hijo, según hemos sabido menor de edad, ante la aparatosa caída de la ¨tradicional¨ pero peligrosa CUCAÑA, hecho del que afortunadamente se recuperó y hoy le contamos entre nuestros vecinos, dicho vecino nos demuestra claro entendimiento del sistema jurídico y podemos afirmarle ,aunque los jueces son todo un mundo al esgrimir sus decisiones, pero afirmamos sin riesgo de equivocarnos que será un pleito ganado y un nuevo fracaso para el Ayuntamiento de Cabañas de la SAGRA con el PP al frente, pobre estamento público que culpa tendrá de haber caído en semejantes manos, y lo afirmamos , después de leer la doctrina del Tribunal Supremo que sentó en su día precedente y que afirma lo siguiente;

¨Es doctrina constante de la Sala 3ª de este Tribunal Supremo que existe el deber de responder de las consecuencias derivadas de la actividad relacionada con el ejercicio de una competencia municipal de mantenimiento de la seguridad con ocasión de unas fiestas populares(…)”. (STS 277/2008, Fundamento de Derecho Primero, párrafo tercero).¨

Por lo tanto, aún en el peor de los casos hablamos de responsabilidad civil extracontractual por hechos ajenos (responsabilidad subsidiaria), y siempre, siempre alguien debe responder por estos hechos provocados por acción u omisión, pueden ampliar más información en esta página y sacar sus propias conclusiones.Esperemos que sea quien sea el culpable esto sirva para tomar conciencia de los peligros que muchas de nuestras tradiciones populares tienen y dotar de plena madurez mental a los actuales gobernantes locales para evitar futuras situaciones más complejas y también esperamos traeros mas información relativa a este hecho o si él vecino que lo denunció nos lee y quiere puede informarnos de ello al siguiente correo electrónico uniondc@hotmail.com para ser más conscientes de este hecho.

El segundo pleito, es mucho , mucho más serio, según la noticia publicada en la web del Psoe de Cabañas de la Sagra se habla de un proceso legal abierto contra el ayuntamiento de Cabañas de la Sagra por parte de una empresa privada de nombre CIOPSA dedicada a la obra pública referente a la ya adjudicada obra de construcción del Pabellón Polideportivo (que ya debería de estar acabado eran 10 mese de obra) , y que de alguna manera que denunció presuntas irregularidades en el proceso de adjudicación del pabellón polideportivo, más concretamente en relación a los tiempos legales establecidos en los concursos públicos y que la secretaría del ayuntamiento en principio desestimó y citamos literalmente:

(…)leído el informe por el cual se rebatió el recurso de CIOPSA, deducimos que esta empresa entiende sus derechos vulnerados, en tanto en cuanto los plazos de presentación de plicas no se ajustaron a ley admitiendo plicas después de la fecha que ellos estiman como límite, sí que es cierto y así lo expone el informe, se cometió un error en cuanto a días hábiles y naturales pero la secretaría dice que se subsanó y se publico la corrección en el correspondiente boletín oficial, también hay que decir que otra de las empresas que se presentó también elevó su queja de manera verbal el mismo día que se abrieron las plicas en acto público, pero no ha hecho queja formal.

A día de hoy la situación es la siguiente; CIOPSA no se ha dado por satisfecha con el informe de la secretaría, ni con la desestimación del pleno (4 votos del PP, PSOE no asistió a este pleno)

Leído esto entendemos que las respuestas dadas a las quejas o recursos presentados por la empresa CIOPSA en el ayuntamiento de Cabañas de la Sagra no han surtido efectos y no les han dejado satisfechos del todo, lo que ha provocado que eleven esa queja a la categoría de (suponemos) recurso contencioso administrativo , por lo que hablamos de algo SERIO, porque esta empresa contará con un gabinete jurídico que habrá encontrado suficientes motivos para elevarlo a esa categoría y de alguna manera que los tribunales aclaren esta farragosa situación que pone en duda de manera presunta, hasta que decidan los tribunales, la legalidad de esa adjudicación , hablamos entonces de … (si eso que ha pensado), y sin ánimo de culpabilizar a nadie , porque se les otorga el beneficio de la duda y la presunción de inocencia constitucional, este hecho deben tomarlo como algo serio y más en el ámbito del urbanismo y adjudicación de obras tan vilipendiado hoy en día porque en esas cosas se debe funcionar con seriedad y sin errores de principiantes.

Este hecho, relevante y que puede provocar que el tribunal lo admita o lo deniegue, si admite las pretensiones de la empresa CIOPSA, podemos hablar de que una obra de 692.673,29 € se convierta en una GRAN INDEMNIZACIÓN a la empresa perjudicada por esa supuesta infracción procedimental para ello les recomendamos mirar la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y su artículo 40 donde se establece la cuantía y los siguientes relativos a esto también y por poner una cifra podemos decir que serían esos 692.673,29 € más los costes procesales, un error fruto de un presunto ¨fallo de niños vanidosos e incompetentes¨que bastante caro nos saldría si los tribunales lo estiman y deciden a favor de la empresa CIOPSA ¿no creen?, así como el varapalo a su credibilidad, aunque también hemos podido saber que quien quizá deba hacer frente a la indemnización , al tratarse de una obra subvencionada, sea el organismo que mayor cantidad pecuniaria ha aportado en la construcción, en este caso, la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha según el artículo Artículo 37.de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público que dice en el punto 4:

¨En el supuesto de contratos subvencionados, la competencia corresponderá al titular del departamento, órgano, ente u organismo que hubiese otorgado la subvención, o al que esté adscrita la entidad que la hubiese concedido, cuando ésta no tenga el carácter de Administración Pública. En el supuesto de concurrencia de subvenciones por parte de distintos sujetos del sector público, la competencia se determinará atendiendo a la subvención de mayor cuantía y, a igualdad de importe, atendiendo a la primeramente concedida.¨
¨
En definitiva, como dice el refranero popular sin ánimo de ofensa , todos los ¨poco listos¨ tienen suerte


Unión Democrática de Cabañas de la Sagra.

Democracia sin mentiras por un futuro mejor.


**Por cierto un fín de semana más las fiestas en la zona que ya dijimos y llevaron el PSOE al pleno de hace unos dias a modo de preguntas ,siguen, ese es el caso que hacen , esa es la preocupación que tienen por sus vecinos y vecinas,ninguna, nada o nula.


**Otra curiosidad es lo que vimos en TV, el presidente de Cantabria , una comunidad autónoma con 582.138 habitantes gana un sueldo de 4000 € ,y en Cabañas de la Sagra, un pequeño pueblo de la provincia de Toledo (para que lo sepan los que no visitan de fuera) el concejal liberado y fontanero de profesión gana ,redondeando la cifra porque no la conocemos exactamente , unos 2500 € y contamos solamente con 1800 habitantes, ¿notan la descompensación? haciendo cuentas salimos a 1,39 € al més por habitante para pagar dicho sueldo, ¡QUE INMORALIDAD!.

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